Los artículos 182 Y 183 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, señalan las atribuciones conferidas al Centro de Capacitación del Tribunal Electoral del Distrito Federal, tal y como a continuación se detallan:
Artículo 182. El Centro
de Capacitación tiene a su cargo la planeación, organización
y ejecución de todo tipo de actividades académicas y de
investigación sobre derecho electoral, sobre su rama
procesal, disciplinas afines y cualquier otra que resulte
necesaria para el buen funcionamiento del Tribunal. En el Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, los artículos 67, y 68 disponen que para el adecuado desempeño de las tareas que le están encomendadas, el Tribunal contará con una Coordinación para atender las funciones relativas a capacitación, cuyas atribuciones se señalan a continuación: Artículo 67. El Centro de Capacitación, por conducto de su titular, tendrá las atribuciones siguientes: I. Elaborar su programa anual de capacitación e investigación y someterlo a la aprobación del Pleno por conducto Presidente; II. Promover relaciones de intercambio académico con universidades e instituciones afines nacionales y extranjeras, para fomentar las actividades de capacitación e investigación; III. Proponer al Pleno, por conducto del Presidente, las publicaciones que estime convenientes para la mejor divulgación de las materias jurídica y político-electoral; IV. Promover convenios de colaboración con instituciones nacionales e internacionales, tanto del sector público como del sector privado, que tengan por objeto realizar trabajos conjuntos de investigación en la materia electoral y someterlos a la aprobación del Pleno, por conducto del Presidente; V. Elaborar, ejecutar y vigilar el cumplimiento de los planes, programas, cursos y convenios a que se refieren las fracciones anteriores; VI. Impartir cursos, seminarios y realizar otras actividades docentes, con la finalidad de formar y capacitar al personal jurídico y administrativo especializado que requiere el Tribunal y contribuir a su permanente actualización y superación profesional; VII. Organizar y realizar investigaciones orientadas a la comprensión del fenómeno político, la función jurisdiccional y la normatividad electoral, en la búsqueda de su constante perfeccionamiento y el fortalecimiento de las instituciones, procedimientos e instrumentos democráticos; VIII. Difundir el conocimiento en materia electoral y su área contenciosa, así como la educación cívica y la cultura democrática, a través de publicaciones especializadas y la realización de eventos académicos, con el objetivo de contribuir al fomento de la cultura política; IX. Fomentar la participación del personal jurídico en actos académicos, ya sean internos o con otras instituciones docentes o de investigación públicas o privadas, de conformidad con los lineamientos que dicte el Pleno; X. Promover la celebración, con instituciones afines, de convenios de préstamos interbibliotecarios, canje o donación de material bibliohemerográfico, previo acuerdo del Pleno; XI. Poner a disposición de los Magistrados, personal del Tribunal y público en general, un servicio actualizado y directo de consulta del material bibliográfico y hemerográfico, principalmente en materia jurídica y política–electoral; XII. Contribuir con los servicios de consulta y préstamo en biblioteca y en bancos de información bibliohemerográfica nacionales y extranjeros; XIII. Informar al Presidente, permanentemente, respecto a su funcionamiento y al desahogo de los asuntos de su competencia, y XIV. Aquellas encomendadas por la instancia superior jerárquica relacionadas con sus atribuciones.
Artículo 68. Los programas del Centro de Capacitación tendrán como objetivo lograr que los integrantes del Tribunal o quienes aspiren a ingresar a éste, fortalezcan los conocimientos y habilidades necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones. Para tal fin, el Centro de Capacitación establecerá los programas y cursos que: I. Desarrollen el conocimiento práctico de los trámites, diligencias y actuaciones que forman parte de los procedimientos y asuntos de la competencia del Tribunal, así como los conocimientos teóricos en las diversas disciplinas relacionadas con el derecho electoral; II. Perfeccionen las habilidades y técnicas en materia de preparación y ejecución de actuaciones jurisdiccionales; III. Refuercen, actualicen y profundicen los conocimientos respecto del ordenamiento jurídico positivo, doctrina y jurisprudencia en materia electoral; IV. Proporcionen y desarrollen técnicas de análisis, argumentación, interpretación y valoración de las pruebas aportadas en los procedimientos, así como la práctica de las actuaciones y el dictado de resoluciones jurisdiccionales; V. Difundan las técnicas de organización, sustanciación y resolución inherentes a la función jurisdiccional electoral, y VI. Contribuyan al desarrollo de la vocación de servicio, así como al ejercicio de los valores y principios jurídicos y éticos inherentes a la función jurisdiccional.
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