TRANSPARENCIAY ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DATOS PERSONALES
La Coordinación de Difusión y Transparencia del Tribunal Electoral del DistritoFederal, informa sobre el servicio que ofrece a través de la Oficina de Información Pública, a efecto de dar cabal cumplimiento al artículo 14, fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF), es del tenor siguiente:
“(…) XX. Los servicios y programas que ofrecen, incluyendo la información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos; (…)“ TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS:
Objetivo.- Recibir, tramitar y dar seguimiento a las diversas solicitudes presentadas por cualquier persona a través del sistema electrónico de solicitudes denominado “INFOMEX”, implementado por el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (INFODF), así como las que se presentan directamente en la Oficina de Información Pública. TRÁMITES:
Acceso a la Información Pública.- Población.- Personas físicas y/o morales Trámite.- Las personas podrán solicitar todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico, electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder en los archivos del TEDF y que no haya sido previamente clasificada como de acceso restringido, en sus modalidades de reservada o confidencial en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIPDF). Formato de solicitud de acceso a la información pública
Derechos ARCO Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal Artículo 26.- Todas las personas, previa identificación mediante documento oficial, contarán con los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales en posesión de los entes públicos, siendo derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de alguno de ellos sea requisito previo o impida el ejercicio de otro. La respuesta a cualquiera de los derechos previstos en la presente ley, deberá ser proporcionada en forma legible e inteligible, pudiendo suministrase, a opción del interesado, por escrito o mediante consulta directa. 1.2 Formatos de Acceso a Datos Personales. 1.3 Rectificación de Datos Personales. Requisitos.- Formato de solicitud debidamente requisitaza o mediante escrito libre el cual deberá contener cuando menos los siguientes datos: Nombre del Ente Público Nombre completo de la persona solicitante, (cuando se señale domicilio como medio de notificación o entrega de información) Descripción clara y precisa de los datos e información que solicita; El domicilio o medio señalado para recibir la información o notificaciones
Tiempos derespuesta.Respuesta a solicitud: 10 días hábiles Información pública de oficio: 5 días hábiles Prevención: 5 días hábiles Incompetencia y turnado a otro Ente Público: 5 días hábiles Ampliación de Plazo: 10 días hábiles Caducidad del trámite: 30 días hábiles Entrega de la información con pago: 3 días hábiles Recurso de Revisión: 15 días hábiles
SERVICIOS: 2.1 Orientación y asesoría a través de la OIP-TEDF 2.2 Quejas y denuncias en contra de servidores públicos a través de la Contraloría General 2.3 Formato para interponer un Recurso de Revisión ante el INFODF por inconformidad con su respueta PROGRAMAS:
3.1 Actualmente la OIP no tiene implementado programa social alguno.
“ARTICULO 249.- Por la expedición en copia certificada, simple o fotostática o reproducción de información pública, derivada del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se deberán pagar las cuotas que para cada caso se indican a continuación: I. De copia certificada, por una sola cara…………………….……………….……… $4.00 II. De versión pública, por una sola cara ..................................................$1.00 III. De copia simple o fotostática, por una sola cara ….…………………………. $1.00 IV. De planos .…………………………………………………………..…….………….……... $75.00 V. De discos flexibles de 3.5 ……………………………………….….…………..……… $15.00 VI. De discos compactos ........................................................................ $15.00 VII. De audiocassettes ........................................................................... $15.00 VIII. De videocasetes ……….………............................................................. $40.00”
En este sentido, cuando el solicitante requiera la reproducción de la información deberá acercarse a la Oficina de Información Pública para que a través del Sistema Electrónico de Solicitudes denominado INFOMEX se genere el “Recibo de Pago por reproducción de información”, el pago deberá efectuarse ante el banco HSBC, banco que se encuentra debidamente autorizado para recibir dicho pago por parte de la Tesorería del Distrito Federal, de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Para cualquier duda respecto de los trámites a realizar, el personal de la Oficina de Información Pública de este Tribunal proporcionará la asesoría correspondiente para lo cual nos ponemos a sus órdenes en el teléfono 53-40-46-00, extensiones 1135 y 1203, en un horario de labores de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
NOTA: Todos los servicios que presta el TEDF, son gratuitos. Para cualquier queja, puede acudir a la Contraloría General ubicada en el Pent House del edificio úbicado en:
Magdalena 21, col. Del Valle, C.P. 03100, delegación Benito Juárez, México D.F. Tel: 5340-4600 ext. 1209
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